La vicepresidenta de República, Verónica Abad, arribó la mañana de este miércoles 29 de enero de 2025 al Complejo Judicial Norte, en Quito.
Desde las 10:00, allí se realizó la audiencia por la acción de protección que presentó en contra de tres decretos ejecutivos del presidente
Daniel Noboa Azín.
La acción de protección fue presentada en contra de los decretos 490, 494 y 500. Noboa presentó este último para encargar la Vicepresidencia
de la República a Cynthia Gellibert Mora.
Acción de protección fue negada:
Luego de casi cinco horas de deliberación, el tribunal, de forma unánime, informó su decisión de negar la acción de protección presentada por
la Segunda Mandataria.
La jueza ponente explicó que el decreto 500 es «objeto de control abstracto de constitucionalidad», por lo que el tribunal se abstuvo de realizar
un pronunciamiento. Además, el tribunal consideró que la designación de Abad en Turquía no es inconstitucional, ya que tiene rango diplomático.
«El tribunal, en consenso, resuelve negar la acción de protección interpuesta por incurrir en las causales de improcedencia descritas
en el artículo 42, numerales 1, 2 y 5 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional».
La defensa de Abad anticipó que apelará la decisión de forma escrita, cuando la sentencia sea comunicada por escrito.
Mientras tanto, realizó la apelación de forma oral.
El argumento de Abad:
A su llegada al Complejo Judicial Norte junto a su abogado, Damián Armijos, Abad dijo que no ha podido despachar como vicepresidenta
no ha podido ingresar a su oficina, ni revisar su sistema Quipux, tampoco su correo institucional.
«No estoy de vacaciones, estoy en mis plenas funciones».
Contó que no ha percibido su salario. «Desde el mes de noviembre que me pusieron el sumario administrativo hasta hoy no se cumple lo que
dijo que una jueza que deben reponer mi sueldo.
Eso no lo han hecho desde noviembre».
Durante la audiencia, la vicepresidenta solicitó al Tribunal Penal que ordene a Noboa, la asignación de nuevas funciones para ella, pero que
esto no conlleve a su degradación. También que se abstenga de cualquier acto ulterior de persecución u hostigamiento.
Armijos dijo que Abad recibió un trato denigrante, impidiéndole el acceso a las instalaciones de la Vicepresidencia de la República.
También porque esta quedó en la acefalía de funciones. Además, se le impidió el uso de los recursos mientras estuvo en el cargo.
«Estamos hablando de la segunda mandataria, no le pueden tratar como un objeto, es un sujeto de derechos y eso es lo que se está
reclamando».
Además argumento:
la Presidencia ha logrado desvirtuar las irregularidades detrás del Decreto Ejecutivo número 494 con el cual le declaran en ausencia
temporal a la vicepresidenta Abad por razones no previstas en la Constitución.
«La Corte Constitucional ha sido clara y enfática en dos ocasiones, en sentencias de carácter obligatorio, que las causales de
ausencia temporal son aquellas que están taxativamente establecidas en el artículo 146 de la Carta Magna». (I)
Fuente: evafm.net – ecuavisa.com