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Precio de las viviendas bajará 4% con devolución del IVA, dicen constructores

Con la devolución del IVA, los constructores tendrán una reducción en los costos asociados a sus proyectos, que beneficiará

a los compradores de viviendas, por una disminución de los precios de hasta 4%, según Constructores Positivos.

Lo anterior es un beneficio contemplado en la Ley de Eficiencia Económica y Generación de Empleo, que entró en vigencia

el 20 de diciembre de 2023.

La norma, específicamente, contempla la devolución del IVA por compras de bienes y servicios para la construcción de

proyectos inmobiliarios.

De las ventas de la construcción gravadas con IVA, el SRI recaudó USD 144 millones en 2023.

Ese monto no contempla la recaudación por ventas de cemento, acero o artículos de ferretería.

Requisitos para acceder al beneficio

Según Daniel Elmir, director ejecutivo de Elmir Grupo Inmobiliario y miembro del colectivo Constructores Positivos

considera que la devolución del IVA ayudará a formalizar al sector, por los permisos que exige la ley.

 

Según el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), la construcción emplea cerca de 500.000 personas, pero

la tasa de empleo informal es de 69%.

Para corregir esa situación, el Reglamento de la Ley de Eficiencia Económica, publicado el 7 de febrero, dice que los

proyectos inmobiliarios y la construcción de viviendas propias que podrán acceder a la devolución son aquellos que

cumplan con lo siguiente:

 

Contar con título habilitante municipal para la construcción, otorgado por el Gobierno Autónomo Descentralizado

Municipal de la jurisdicción en donde se desarrolla el proyecto.

Estar registrado ante el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda.

Esto no aplicará para proyectos de vivienda propia, siempre que no supere dos proyectos por año.

Según el Reglamento, el Servicio de Rentas Internas (SRI) podrá devolver el IVA previo a la finalización del

proyecto inmobiliario.

Aunque el Reglamento no lo detalla, la Ley establece que la devolución debe realizarse en un plazo no mayor a 90 días

a través de la emisión de una «nota de crédito».

Esto les permitiría a los contribuyentes pagar otros impuestos.

 

«La solicitud de devolución podrá ser presentada por periodos mensuales y hasta dentro de cinco años, contados desde

la fecha del pago del IVA», detalla el Reglamento.

Para que las empresas y personas naturales puedan iniciar las solicitudes de devolución, aún falta que el SRI emita una

resolución, donde deberán establecerse los parámetros para la aplicación de este beneficio, incluido el monto máximo

de devolución. (I)

Fuente: evafm.net – primicias.ec