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Jornada laboral del lunes 25 de mayo

“Con el fin de reactivar con prontitud la economía del país”, el Ministerio de Trabajo difundió este sábado 23 de mayo del 2020.

El acuerdo Ministerial No. MDT- 2020 – 0118, fechado la víspera, para regular la jornada laboral del lunes 25 de mayo.

que corresponde al asueto por la Batalla de Pichincha, pese a tratarse de un feriado nacional en Ecuador.

“El objeto del presente acuerdo es expedir las directrices para que los servidores públicos y los trabajadores del sector privado puedan acordar.

con la máxima autoridad institucional y con su empleador, respectivamente, laborar el día 25 de mayo de 2020, con el fin de reactivar con prontitud la economía del país.

precautelando los derechos del trabajador”, reza en el artículo 1 del Acuerdo Ministerial MDT- 2020 – 0118, dado a conocer por la Secretaría de Comunicación (Secom).

El documento precisa que “en virtud de la emergencia sanitaria declarada como consecuencia de la pandemia del coronavirus covid-19”.

este acuerdo abarca a las «instituciones del sector público” y al “sector privado”.

El Acuerdo Ministeral MDT- 2020 – 0118 entró en vigencia el 22 de mayo del 2020, “sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial”.

Jornada laboral para servidores publicos:

“cuyas jornadas laborales estuvieron suspendidas de manera emergente durante la declaratoria de emergencia sanitaria ante la pandemia del covid-19.

podrán acordar con la máxima autoridad institucional laborar de manera presencial o teletrabajar de conformidad con sus actividades el día 25 de mayo del 2020.

con el fin de aportar con la reactivación económica del país”, dice en el documento.

“Los servidores públicos que opten por laborar durante el día antes indicado (lunes 25 de mayo del 2020) recuperarán por dicha fecha el equivalente a dos días (2) de las jornadas que estuvieron suspendidas como consecuencia de la pandemia del coronavirus covid-19”.

Jornada laboral sector privado:

Los trabajadores cuyas jornadas laborales estuvieron suspendidas de manera emergente durante la declaratoria de emergencia sanitaria ante la pandemia del covid-19.

podrán acordar con su empleador laborar de manera presencial o teletrabajar de conformidad con sus actividades el día 25 de mayo del 2020.

con el fin de contribuir a la reactivación económica del país, de acuerdo con los lineamientos determinados por el Centro de Operaciones de Emergencia – COE Nacional.

para la reactivación laboral de los cantones autorizados”.

“Los trabajadores que opten por laborar durante el día antes indicado, recuperarán por dicha fecha el equivalente a dos días (2) de las jornadas que estuvieron suspendidas como consecuencia de la pandemia del coronavirus covid-19”. (I)

 

Fuente:evafm.net