Gobierno y Asamblea entre la disputa de Ley Antipillos
Con la publicación en el Registro Oficial, la Ley Orgánica para la Mejora Recaudatoria a través del Combate al Lavado de Activos.
popularmente conocida como Antipillos, entró en vigencia.
Fue enviada como un decreto-ley por el presidente Daniel Noboa, con el texto original, luego de que la Asamblea archivó el proyecto en el
primer debate.
Esta atípica acción provocó un enredo jurídico alrededor de la legalidad de lo hecho por el Mandatario, así como dudas respecto a los alcances
de la norma en el marco tributario y de control de lavado de activos.
Los vacíos legales alrededor del procedimiento de emitir la ley como decreto:
El trámite regular cuando el Presidente de la República envía un Proyecto de Ley Económica Urgente a la Asamblea Nacional comienza
cuando el Consejo de Administración Legislativa (CAL) califica el documento y lo asigna a una Comisión Legislativa.
Luego, en esta mesa se reciben aportes de diferentes sectores para mejorar la propuesta, que finalmente llegará al Pleno del Legislativo
en un primer debate, donde se recibirán aportes de los asambleístas.
Posteriormente, la Comisión volverá a pulir el documento y presentará otra propuesta para una segunda sesión, donde la Asamblea podría
archivar, aprobar o dar paso a un informe de minoría.
Sin embargo, el Parlamento resolvió archivar el documento en el primer debate, algo no establecido expresamente en caso de
leyes económicas urgentes.
Además, la ley también establece que un proyecto legislativo debe atravesar dos debates.
Bajo esos argumentos, Noboa remitió el documento al Registro Oficial como decreto-ley, en una acción sin precedentes.
De lado de la Asamblea, en cambio, argumentan que el artículo 60 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa les da la facultad de
archivar un proyecto de ley en primer debate, o el artículo 140 de la Constitución que les permite negar un proyecto.
En un comunicado emitido este 10 de diciembre, la Asamblea anunció que presentará una acción de inconstitucionalidad ante la
Corte Constitucional y acciones legales contra el representante del Registro Oficial.
Abogados constitucionalistas creen que los magistrados serán los encargados de desatar el nudo jurídico, pero temen que el trámite
pueda tardar.
El impacto fiscal es mínimo:
La nueva ley tiene tres dimensiones importantes que se delimitarán una vez que el Ejecutivo presente el reglamento correspondiente:
la compra y venta de vehículos usados, la creación de sociedades anónimas deportivas y el fortalecimiento de la
Unidad de Análisis Financiero (UAFE).
Sobre el primero, la norma flexibiliza el impuesto conocido como el Fondo de Vialidad de la Provincia de Loja, fijado en 1 %.
Según ha dicho el Gobierno, se fijará una tabla similar a la que se debatió en la Asamblea, es decir, reduciendo el impuesto para vehículos
valorados hasta USD 20 mil, pero se aumentará para los que cuesten más de USD 50 mil.
El pago de ese impuesto será requisito para la matrícula y el valor del bien se definirá conforme al avalúo del
Servicio de Rentas Internas (SRI).
Impuestos para la compra de vehículos usados
* Según la propuesta que se abordó en la Asamblea pero que dependerá del reglamento que publique el Ejecutivo.
De hasta USD 20 mil | 0.75% |
---|---|
De USD 20 a 50 mil | 1% |
De más de USD 50 mil |
El abogado experto en tributos, Napoleón Santamaría, explica que la recaudación que el Gobierno conseguirá con el impuesto
es mínima, representa unos USD 50 millones de dólares adicionales.
A su criterio, el objetivo es controlar las transacciones por la compra y venta de vehículos y así evitar el lavado de activos.
Sin embargo, cree que no era oportuno o que pudo perfeccionarse en la Asamblea Nacional.
Sobre la figura de sociedades deportivas anónimas, Santamaría explica que es una manera de regular la actividad económica
de equipos de fútbol u otros, para que el control esté a cargo de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
Recuerda la advertencia que hizo el exembajador de Estados Unidos en Ecuador, Michael Fitzpatrick, de que los
clubs de fútbol pueden ser espacios para la infiltración del narcotráfico.
Sobre el fortalecimiento de la UAFE, la ley contempla que la máxima autoridad sea designada por el presidente de la República.
Además, tendrá la capacidad de establecer las tarifas por multas cuando se incumplan con las obligaciones de sujetos jurídicos.
También contempla mayor capacidad de acción, pues tendrá jurisdicción coactiva, puede solicitar el congelamiento de fondos
entre otros.
¿Hay una razón política detrás de la Ley Antipillos?
Juan Rivadeneira, consultor político y economista, explica que en medio de las disputas entre el Ejecutivo y el Legislativo
hay un factor importante: la lid electoral.
Considera que es rentable para los asambleístas de oposición implantar la idea de que ellos impiden el aumento de impuestos
mientras que el Gobierno se muestra como determinante y poderoso, posicionando el discurso de que combate a los pillos.
A criterio del analista, los ciudadanos son los que pierden con las pugnas entre políticos, porque se pone en tela de duda la institucionalidad. (I)
Fuente: evafm.net – ecuavisa.com