Estado de excepción focalizado en ocho provincias hasta la medianoche del 9 de abril
La Corte Constitucional dio el aval de manera parcial al Decreto Ejecutivo 1282 emitido por el presidente de la República, Lenín Moreno, bajo ciertas condiciones.
En la sesión extraordinaria del último martes 6 de abril, el pleno de la Corte dispuso que el estado de excepción focalizado en ocho provincias
se mantenga vigente hasta la medianoche del 9 de abril próximo y no por 30 días
“en razón que las medidas adoptadas, en particular el toque de queda, fueron justificadas por el presidente de la República únicamente hasta esa fecha”.
Asimismo, las Fuerzas Armadas podrán involucrarse en el control del orden público solo durante el horario dispuesto de toque de queda
para la vigilancia del cumplimiento de las restricciones establecidas en el decreto
y “ejercerán un rol excepcional, complementario y coordinado con el de la Policía Nacional”, especificó la Corte en un comunicado.
La semana pasada, el pleno del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) nacional emitió una serie de recomendaciones
al presidente de la República, entre esas el estado de excepción focalizado en las provincias de
Guayas, Pichincha, Manabí, Azuay, El Oro, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Loja
debido al incremento de los contagios y muertes por COVID-19, además de las listas de espera por camas en hospitales.
Entre las medidas vigentes rige el toque de queda de 20:00 a 05:00 y la restricción del consumo de bebidas alcohólicas por horarios. (I)
Fuente: evafm.net