El Fondo Monetario Internacional (FMI) urgió nuevamente el martes a El Salvador a eliminar el bitcoin
como moneda de curso legal, señalando “grandes riesgos asociados” al uso de la criptomoneda para la estabilidad
e integridad financiera y la protección de los consumidores.
Los directores ejecutivos del FMI “instaron a las autoridades a limitar el alcance de la ley Bitcoin eliminando su calidad de moneda de curso legal”
señaló la institución en un comunicado, que especificó que
“algunos directores también manifestaron su preocupación sobre los riesgos asociados a la emisión de bonos respaldados por bitcoin”.
El Salvador se convirtió en septiembre en el primer país en hacer del bitcoin una moneda de curso legal
junto con el dólar estadounidense.
Su economía ha estado dolarizada durante dos décadas.
El país está preparando la emisión de 1.000 millones de dólares en bonos, la mitad de los cuales se utilizaría para comprar bitcoin.
El gobierno apuesta a que la exposición a las ganancias del bitcoin atraerá a los inversores, que recibirían un rendimiento en dólares del 6,5%
mucho más bajo que lo que el mercado cotiza actualmente para una deuda pública salvadoreña similar, cercana al 17%.
En su comunicado, el FMI también advirtió que con los actuales niveles de gasto en la deuda, la deuda pública de El Salvador
podría aumentar hasta cerca del 96% del PIB en 2026, lo que calificó como una “trayectoria insostenible”.
Bukele y el bitcoin
La semana pasada, el presidente de El Salvador, Nayib Bukele, anunció en Twitter la compra de 410 bitcoines más por un valor de 15 millones de dólares
los que se suman a los 1.220 bitcoines comprados desde el año pasado por el Gobierno.
En el mes de noviembre, el Fondo ya había hecho una advertencia a Bukele al respecto de los riesgos de esa moneda, y recomendó que
obligue a “Chivo”, la billetera para criptomonedas controlada por el ejecutivo
a “asegurar completamente los fondos de los usuarios, en dólares y en bitcoines, a través de la separación y protección de los activos de reserva”. (I)
Fuente: evafm.net