COE Nacional analiza medidas para este feriado de Abril
El Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE-N) sesionó el domingo 28 de marzo para analizar las acciones
y resoluciones debido a la proximidad del feriado de Semana Santa.
En la reunión se analizaron los datos presentados por el Ministerio de Salud Pública (MSP), el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)
y Registro Civil, referentes a la situación epidemiológica, capacidad hospitalaria y número de fallecidos por la COVID-19 en el país.
El presidente del COE Nacional, Juan Zapata hizo incapie que “los resultados, tal como lo veníamos previendo, son muy complejos y preocupantes”.
Se tomaron las siguientes resoluciones de seguridad.
1. Requerir a los COE camtonales en cuyas jurisdicciones existan playas, permanezcan cerradas del 2 al 4 de abril
2. Disponer a los 24 COE provinciales que se instalen en sesión permanente desd el 29 de marzo con el objetivo
de analizar datos epidemiológicos de sus jurisdicciones y tomar desiciones en el marco de sus competencias.
3. Solicitar al Ministerio de Gobierno y Ministerio de Turismo, emitan el instrumento jurídico correspondiente
la prohibición de venta de bebidas alcohólicas los días domingos y en relación a los feriados de Semana Santa
y 1 de mayo se prohíba la venta de bebidas alcohólicas después de las 18:00, en los locales regulados por las carteras
de Estado antes descritas, el viernes 2, sábado 3, viernes 30 de abril y sábado 1 de mayo de 2021.
4. Solicitar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas, como ente rector del transporte en el país
y; la Agencia Nacional de Tránsito, establezcan los instrumentos jurídicos y coordinaciones que se requieran
con las entidades de control CTE, PP.NN y GAD’s, para restringir la movilidad de vehículos livianos particulares.
Fechas horarios y placas par e impar que no pueden circular:
Jueves 1 de Abril no podrán circular vehículos con placa impar, desde las 00:00 hasta las 12:00.
Viernes 2 de abril no podrán circular los vehículos con placa par, desde las 00:00 horas hasta las 12:00.
Sabado 3 de abril no podrán circular los vehículos con placa impar, desde las 00:00 hasta las 12:00.
Domingo 4 de abril no podrán circular los vehículos con placa par, desde las 00:00 hasta las 12:00.
Esta medida se aplicará en los ejes viales nacionales.
Libre movilidad para transporte pesado liviano y encomiendas.
Se dispuso mantener la libre movilidad de todas las modalidades que por sus características realicen actividades en la cadena logística
en el territorio nacional (carga pesada, carga liviana, carga mixta, buses con encomiendas).
Transportes interprovinciales.
Se sujetará a la restricción por último dígito de placa, para esto se coordinará con los terminales terrestres y las autoridades competentes
para su cumplimiento del 50% de las frecuencias con el 75 % de aforo.
Está prohibida la emisión y el uso de salvoconducto para esta modalidad hasta que la ANT lo disponga.
En aquellos casos que se requiera movilización hacia aeropuertos, los habilitantes serán los pasajes del titular
y, en casos de emergencias médicas debidamente comprobadas. (I)
Fuente: evafm.net