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Censura del excontralor Pablo Celi

La solicitud de juicio a Pablo Celi de la Torre, excontralor del Estado, llega a su última fase con la aprobación del informe por parte de la

Comisión de Fiscalización de la Asamblea Nacional, en el que todo apunta que recomendará la censura del exfuncionario

acusado de incumplimiento de funciones.

La Comisión de Fiscalización tiene hasta el próximo jueves 5 de agosto para presentar el informe del juicio que contempla

6 acusaciones de incumplimiento de funciones por cuanto ha inobservado varios preceptos constitucionales y legales, ha excedido

sus competencias y ha asumido otras que no le corresponden, vulnerando de forma expresa lo dispuesto en el artículo 226 de la Constitución.

 

Acusaciones del juicio

1.- Arrogación de funciones. Según el interpelante, la subrogación de Pablo Celi como contralor no fue legal

pues emitió el 21 de junio de 2017 un acuerdo para legalizarse y legitimarse en el cargo cuando oficialmente la salida de Carlos Pólit

se concretó el 2 de julio, después de ser censurado y destituido mediante juicio político por la Asamblea Nacional.

 

2.- Informes a favor de Odebrecht, aprobados por Pablo Celi de la Torre en calidad de contralor subrogante.

El interpelante señala que el acusado incumplió funciones porque en dichos informes se emitieron indicios de responsabilidad penal

en contra de funcionarios, pero no en contra de la empresa Odebrecht, lo cual imposibilita que los hechos se juzguen en la vía penal

e imposibilita que los daños al erario público sean resarcidos por parte de Odebrecht.

 

3.- Contrato suscrito con HDC Producciones por $ 1′150.000 el 26 de diciembre de 2017, cuyo representante legal es sentenciado por peculado

Daniel Salcedo, por servicios comunicacionales, pese a que la propia Contraloría del Estado estableció responsabilidades penales en su contra.

El proceso de contratación se hizo en seis días, se habrían cometido varias irregularidades, pese a lo cual se adjudicó el contrato.

 

4.- Interferencia en las funciones del Consejo Nacional Electoral, pues el excontralor Pablo Celi emitió un acto administrativo por el cual

predeterminó una sanción de destitución contra tres vocales del CNE, además de una multa, por desacatar la recomendación de la Contraloría

de no inscribir en los registros electorales a los movimientos Justicia Social, Podemos, Libertad es Pueblo y Fuerza Compromiso Social

cuando el CNE dispuso conservar la personalidad jurídica de esas organizaciones políticas e incluso fue ratificada la decisión

tras una apelación en el Tribunal Contencioso Electoral (TCE).

 

5.- Interferencia en el proceso electoral, debido a que el excontralor solicitó el 20 de febrero de 2021, al Consejo Nacional Electoral

que adopte una resolución que posibilite una auditoría informática por parte de la Contraloría General del Estado

antes de que se lleve a cabo la segunda vuelta electoral.

El pleno del CNE negó la solicitud de Celi, por existir limitaciones de carácter técnico-legal, pues ninguna persona o entidad puede interferir en el proceso electoral.

 

6.- Delincuencia organizada, esta acusación se relaciona con la orden de prisión ordenada por el juez nacional Felipe Córdova

en contra de Pablo Celi, dentro del proceso por presunto cometimiento del delito de delincuencia organizada.

Según la Fiscalía del Estado, la trama de corrupción es parecida al caso del excontralor Carlos Pólit, que consistía en el desvanecimiento

de las glosas a través de la subrogación en el organismo. (I)

 

Fuente: evafm.net