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Cambios en el Rimpe propone la reforma tributaria

Alrededor de 1,3 millones de pequeños y medianos negocios están a la espera de conocer si se aplicarán

los nuevos cambios que el Gobierno de Guillermo Lasso plantea para el Régimen Simplificado para

Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe).

 

La nueva reforma tributaria presentada el 11 de mayo de 2023 por el Ejecutivo prevé una reducción

de las tarifas y del número de contribuyentes catalogados en el Rimpe.

No obstante, la reforma requiere el dictamen favorable de la Corte Constitucional para entrar en vigencia.

Quienes salgan del Rimpe pasarán al régimen general donde pagan una tarifa mayor de Impuesto

a la Renta.

Debido a esos cambios, el Ejecutivo espera ingresos tributarios por USD 100 millones al Presupuesto

del Estado.

Poca estabilidad normativa:

Los contribuyentes del Rimpe han vivido un ambiente de poca certidumbre, dice la abogada tributaria

Yael Fierro.

Aunque el Rimpe comenzó a aplicarse en enero de 2022, recién en junio fue aprobado el reglamento.

Además, se han hecho varios cambios en los catastros, agrega.

 

«Los constantes cambios son un problema para el contribuyente que al final nunca está seguro de cuánto

tendrá que pagar de impuestos y qué deberes debe cumplir», agrega Fierro.

Luego, en octubre de 2022, la Corte Constitucional dispuso al Ejecutivo que derogue el impuesto único de

USD 60 que tenían que pagar los negocios populares del Rimpe.

 

Según la Corte, ese impuesto no cumplía con el principio de progresividad; es decir, que quien gane más

tribute más.

De ahí que la nueva reforma tributaria incluye nuevas tarifas para estos negocios.

Estos son los principales cambios que tendrá el Rimpe si la Corte Constitucional da un dictamen favorable

a la nueva reforma tributaria del Presidente Lasso:

1.-Las nuevas tarifas:

En marzo de 2022, todos los negocios populares del Rimpe estuvieron obligados a pagar un Impuesto a la Renta

único de USD 60, incluso si no tuvieron ingresos.

La reforma tributaria que está en análisis de la Corte Constitucional plantea que 340.000 negocios con ventas anuales

menores a USD 2.500 estén libres del pago de Impuesto a la Renta.

Mientras que los negocios con ventas de entre USD 2.5001 y USD 20.000 al año tendrían que pagar un Impuesto

a la Renta único progresivo, de entre USD 5 y USD 60 anual.

La reforma propone que este impuesto comience a pagarse a partir de 2024.

Además, la reforma tributaria plantea mantener la tarifa de Impuesto a la Renta de 1% a 2% para los emprendedores

con ingresos anuales de más de USD 20.001.

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0 2,500 0
2,500 5,000 5
5,000 10,000 15
1,000 15,000 35
15,000 20,000 60

 

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50 000 75 000 360 1
75 000 100 000 673 2
100 000 200 000 1 048 2
200 000 300 000 2 798 2

 

 

2.- Depuración del catastro:

La norma actual permite que existan contribuyentes con actividades económicas que tributan dentro del

régimen general y, al mismo tiempo, dentro del Rimpe, explica el abogado tributario José María Espinosa.

Pero la nueva reforma tributaria propone que si un contribuyente tiene un

Registro Único de Contribuyente (RUC) con actividades del régimen general no podrá pertenecer al Rimpe

agrega Espinosa.

Si el cambio llega a implementarse, la mayoría de contribuyentes que saldría del catastro de Rimpe

corresponderá a emprendedores con ventas de USD 200.000 y USD 300.000 al año, según el SRI.

Al pasar al régimen general, estos contribuyentes pagarán tarifas más altas de Impuesto a la Renta, pero

el trámite será menos engorroso que presentar declaraciones en diferentes regímenes, argumentó el Ejecutivo.

3.-Actividades salen del Rimpe:

El Gobierno también reducirá el número de actividades que pueden pertenecer al Rimpe.

Ya en febrero de 2023, mediante una resolución, el SRI notificó que saldrían del Rimpe algunas actividades

sobre todo relacionadas con la provisión de servicios, explica el abogado tributario Javier Bustos.

 

Pero en la nueva reforma tributaria, el Ejecutivo también propone sacar del Rimpe a los negocios que produzcan

o vendan bienes gravados con Impuesto a los Consumos Especiales (ICE).

 

Están gravados con ICE la cerveza y otras bebidas alcohólicas, y los perfumes, por ejemplo.

Según la nueva norma, tampoco podrían estar dentro del Rimpe los comisionistas, es decir, personas que se dedican

por ejemplo, a vender por catálogo, agrega Espinosa.

La nueva reforma también aclaró que las empresas que brindan servicios profesionales tampoco pueden estar en el Rimpe.

Lo anterior, porque el SRI identificó que se crearon empresas SAS para proveer servicios profesionales legales, por ejemplo

y estaban dentro del Rimpe, explicó el director del SRI, Francisco Briones.

4.- ¿Y los artesanos?

Aquellas personas que están calificadas como artesanas por la Junta Nacional de Defensa del Artesano dejarían de formar parte

del Rimpe si se aprueba la nueva reforma tributaria.

Se trata de 500.000 contribuyentes, representan el 39% del total de negocios que hoy están dentro del segmento de

negocios populares.

Los artesanos no estarían exentos de la obligación de emitir facturación electrónica.

Solo los negocios populares del Rimpe están exentos de la facturación electrónica, explica Fierro.

Según la nueva propuesta, además, los artesanos calificados deberán declarar Impuesto a la Renta según la tabla de

personas naturales explica el abogado tributario Javier Bustos.

5.- Los nuevos contribuyentes del Rimpe:

Los taxistas entrarían a formar parte del Rimpe en el segmento de negocios populares si se aprueba la reforma tributaria.

En la actualidad, están excluidos de este régimen todos los transportistas, de ahí que están obligados a emitir

facturas electrónicas desde noviembre de 2022.

Sin embargo, gremios de taxistas argumentaban que por la naturaleza del negocio, resultaba inconveniente sumarse al

sistema de facturación electrónica.

De ahí que, al estar dentro del Rimpe, los taxistas no estarán obligados a emitir facturas electrónicas, sino

notas de venta impresas cuando el cliente lo requiera.

Según el SRI, se incorporarán 100.000 taxistas y la mayoría pagaría un impuesto de USD 5 al año. (I)

 

Fuente. evafm.net