Los ecuatorianos deberán votar si los militares pueden apoyar a la Policía
La Asamblea Nacional aprobó este 21 de diciembre de 2023 la reforma constitucional para el apoyo de las Fuerzas Armadas
en la labor de la Policía Nacional.
Con esto, el Consejo Nacional Electoral (CNE) deberá convocar en los próximos 45 días a un referendo constitucional
es decir a una jornada de votaciones.
La propuesta de reforma constitucional fue planteada por el expresidente Guillermo Lasso en diciembre de 2022, después de
que la Corte Constitucional negara que este tema vaya a su consulta.
Desde entonces, el trámite pasó dos debates en la Asamblea, pero fue interrumpido por la muerte cruzada.
La Asamblea propone que el artículo 158 de la Constitución incluya un texto que permita que las Fuerzas Armadas brinden
«apoyo complementario» a las funciones de la Policía Nacional, que se encargan de la protección interna y el mantenimiento
del orden público.
Para esto, se establece un proceso que deberá cumplirse en cada caso.
La reforma constitucional fue aprobada con 123 votos a favor, de todas las bancadas.
Solo hubo un voto en contra.
El trámite de la reforma
Una vez aprobada la reforma parcial en segundo debate, la Asamblea deberá devolver el trámite al
Ejecutivo (que fue quien la planteó).
Aunque esta iniciativa fue de Guillermo Lasso, en este caso será Daniel Noboa quien deberá emitir el decreto de convocatoria
a referendo constitucional para reformar la Constitución.
Este decreto deberá ir a la Corte Constitucional, que en este caso deberá revisar la pregunta y el texto del artículo aprobado
por la Asamblea.
Si el trámite supera esta revisión, el CNE deberá convocar al referendo y fijar la fecha en la que los ecuatorianos deberán ir
a las urnas para decidir sobre este tema.
Estos tres pasos se deben cumplir en máximo 45 días.
Es decir que el CNE debería convocar a la jornada de votaciones máximo a mediados de febrero.
Estos plazos podrían coincidir con los tiempos que el actual gobierno se ha planteado para la consulta popular planteada
por Daniel Noboa.
El «apoyo complementario» de las Fuerzas Armadas
El texto aprobado por la Asamblea propone incluir seis nuevos párrafos en el artículo 158 de la Constitución, que habla sobre
la Policía y las Fuerzas Armadas.
La propuesta de la Asamblea es que este «apoyo sea complementario».
Según la propuesta, el apoyo complementario se podrá aplicar previa solicitud del Comandante General de la Policía al
Presidente que deberá convocar de forma inmediata al Consejo Nacional de Seguridad Pública y del Estado.
Allí se deberá elaborar un informe motivado que establezca el ámbito de actuación del apoyo complementario solicitado.
Con base en ese informe, el Presidente suscribirá un decreto ejecutivo que disponga el apoyo complementario de las
Fuerzas Armadas a la Policía Nacional.
Este se podrá aplicar solamente en los delitos de narcotráfico, lavado de activos, tráfico de armas, tráfico de personas
y delitos asociados a los grupos delictivos organizados.
Este apoyo podrá durar máximo 60 días, y renovarse máximo 30 días más.
La propuesta de reforma constitucional establece que las autoridades y servidores públicos serán responsables
«por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio de sus facultades y competencias durante la vigencia del
apoyo excepcional».
La Corte Constitucional deberá hacer el control de estos decretos. (I)
Fuente: evafm.net – primicias.ec